Leyes sobre permisos y licencias en Honduras

2025

Las leyes laborales en Honduras establecen diversos permisos y licencias que protegen los derechos de los trabajadores frente a situaciones personales y familiares. Desde licencias por maternidad hasta permisos por calamidad familiar o actividades sindicales, el marco legal busca equilibrar las responsabilidades laborales con las necesidades individuales. Conocer estas disposiciones es esencial para garantizar un entorno laboral justo y respetuoso.

Este artículo proporciona una guía para entender las leyes de licencias en Honduras, explorando los diferentes tipos de permisos disponibles, si son o no remunerados y los derechos de los empleados que solicitan dichas licencias.

Este artículo cubre:


¿Cuáles son los tipos de licencias en Honduras?

En Honduras, los trabajadores tienen derecho a diversos tipos de licencias y/o permisos previstos en el Código del Trabajo, que abarcan situaciones personales, familiares o de salud.

A continuación te detallamos las principales licencias remuneradas y no remuneradas que un trabajador puede solicitar en Honduras.

¿Qué licencias son remuneradas en Honduras?

La ley hondureña especifica las siguientes licencias como remuneradas y los empleadores están obligados a cumplirlas para evitar posibles consecuencias legales.

Permiso de maternidad en Honduras

  • Elegibilidad: Toda trabajadora embarazada tiene derecho a un permiso obligatorio pagado.
  • Duración: Cuatro semanas antes del parto (prenatal) y seis semanas después del parto (postnatal).
  • Circunstancia para la utilización de la licencia: Para obtener este permiso, la trabajadora debe entregar al empleador un certificado médico que señale su embarazo, la fecha probable del parto y el día en que debe comenzar su descanso de maternidad.
  • Remuneración: La licencia es pagada y la trabajadora debe recibir su salario completo. Si la trabajadora no tiene un sueldo fijo porque trabaja por tarea o a destajo, dicho salario se calcula promediando lo que ha ganado en el último año.

Licencia por parto prematuro en Honduras

  • Elegibilidad: Toda trabajadora embarazada que tenga un parto prematuro donde el bebé no sobreviva. Si el parto es viable, aplica la licencia mencionada en el punto anterior.
  • Duración: Entre dos y cuatro semanas, según lo que determine el médico. Si después de esa licencia necesita más tiempo para recuperarse por una enfermedad causada por el parto indicado por un médico, puede tener hasta tres meses más de licencia con los mismos beneficios que se dan en el permiso pre y postnatal.
  • Circunstancia para la utilización de la licencia: La trabajadora debe presentar al empleador un certificado médico donde se indique que tuvo un parto prematuro no viable, la fecha en que ocurrió y cuánto tiempo necesita de reposo. 
  • Remuneración: La licencia es pagada y la trabajadora debe recibir su salario completo.

Licencia por aborto espontáneo en Honduras

  • Elegibilidad: Toda trabajadora embarazada que sufra un aborto espontáneo donde el bebé no sobreviva.
  • Duración: Entre dos y cuatro semanas, según lo que determine el médico. Si después de esa licencia necesita más tiempo para recuperarse por una enfermedad causada por el embarazo indicado por un médico, puede tener hasta tres meses más de licencia con los mismos beneficios que se dan en el permiso pre y postnatal.
  • Circunstancia para la utilización de la licencia: La trabajadora debe presentar al empleador un certificado médico donde se indique que tuvo un aborto no viable, la fecha en que ocurrió y cuánto tiempo necesita de reposo. No aplica en caso de aborto criminal o provocado ilegalmente.
  • Remuneración: La licencia es pagada y la trabajadora debe recibir su salario completo.

Licencia por enfermedad en Honduras

  • Elegibilidad: Todo trabajador que se enferme o tenga una enfermedad que lo imposibilite para desempeñar sus labores, siempre y cuando no sea por un accidente laboral ni una enfermedad profesional.
  • Duración: Puede ausentarse hasta por seis meses. Su contrato queda suspendido hasta que el trabajador retome su trabajo. Si después de esos seis meses el trabajador no se recupera, el empleador puede terminar el contrato sin pagar indemnización.
  • Circunstancia para la utilización de la licencia: En caso de que el trabajador esté enfermo. Sin embargo, durante ese tiempo el empleador puede contratar a alguien más de forma temporal.
  • Remuneración: Durante la licencia por enfermedad, el empleador solo tiene la obligación de pagar parte del salario, dependiendo del tiempo que el trabajador haya estado en la empresa, quedando así:
    • Si ha trabajado entre tres y seis meses: El patrono debe pagar medio sueldo por un mes.
    • Si ha trabajado entre seis y nueve meses: El patrono debe pagar medio sueldo por dos meses.
    • Si ha trabajado más de nueve meses: El patrono debe pagar medio sueldo por tres meses.
    • Si ha trabajado más de cinco años: El patrono debe pagar 30 días de sueldo por cada año trabajado.

Permiso por matrimonio en Honduras

  • Elegibilidad: Empleados que contraigan matrimonio. El permiso debe tomarse inmediatamente después de la fecha del matrimonio.
  • Duración: 10 días hábiles o laborables.
  • Circunstancia para la utilización de la licencia: Que el trabajador vaya a contraer matrimonio con su pareja.

Licencia para cumplir con obligaciones públicas en Honduras

  • Elegibilidad: Todo trabajador que necesite cumplir con las obligaciones de carácter público impuestas por la ley.
  • Duración: No más de dos días con goce de salario en cada mes calendario ni más de 15 días en el mismo año.
  • Circunstancia para la utilización de la licencia: Si el trabajador deba cumplir con obligaciones públicas. En dicho caso, cuando la comisión sea de carácter permanente o desempeñen cargos públicos de elección popular (como alcalde, diputado, etc), el trabajador podrá volver a su puesto laboral dentro de dos años, conservando todos los derechos estipulados en su contrato. La persona que lo reemplace será solo interina, es decir, temporal.
  • Remuneración: Se paga la licencia siempre y cuando no supere los dos días al mes o 15 días al año.

Licencia por una calamidad familiar grave en Honduras

  • Elegibilidad: En caso de grave calamidad doméstica debidamente comprobada.
  • Duración: No más de dos días con goce de salario en cada mes calendario ni más de 15 días en el mismo año.
  • Circunstancia para la utilización de la licencia: En caso de calamidad familiar grave como, enfermedad o accidente grave de un familiar cercano, siempre que se pueda comprobar. En dicho caso, el trabajador debe avisar con tiempo al empleador y no puede ausentarse si el número de los que se ausenten perjudique el funcionamiento de la empresa.
  • Remuneración: La licencia se paga siempre y cuando no supere los dos días al mes o 15 días al año.

Licencia para asistir al entierro de un compañero de trabajo en Honduras

  • Elegibilidad: Todo trabajador que deba ausentarse de su trabajo para asistir al entierro de sus compañeros de trabajo.
  • Duración: No más de dos días con goce de salario en cada mes calendario ni más de 15 días en el mismo año.
  • Circunstancia para la utilización de la licencia: El trabajador debe avisar con tiempo al empleador y no puede ausentarse si el número de los que se ausenten perjudique el funcionamiento de la empresa.
  • Remuneración: La licencia se paga siempre y cuando no supere los dos días al mes o 15 días al año.

Permiso por duelo en Honduras

  • Elegibilidad: Todo trabajador que esté en un duelo por la muerte de un familiar.
  • Duración: Entre dos a cinco días hábiles.
  • Circunstancia para la utilización de la licencia: En caso de fallecimiento del cónyuge, padres, hijos, hermanos y abuelos corresponden cinco días hábiles. Mientras que en caso de fallecimiento del resto de familiares entre el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad, se otorgará un permiso de duelo por dos días laborables.

Permiso por vacaciones en Honduras

  • Elegibilidad: Todo trabajador tiene derecho a gozar anualmente de un periodo ininterrumpido de vacaciones.
  • Duración: Depende de los años de servicio continuos que lleva el trabajador, por lo que fluctúa desde los 10 hasta los 20 días laborables. En detalle, la duración de dichas vacaciones anuales es de:
    • 10 días laborables consecutivos después de un año de servicio continuo.
    • 12 días laborables consecutivos después de dos años de servicios continuos.
    • 15 días laborables consecutivos después de tres años de servicios continuos.
    • 20 días laborables consecutivos después de cuatro años de servicios continuos.
  • Circunstancia para la utilización de la licencia: Llevar más de un año de trabajo continuo al servicio del mismo patrono.
  • Remuneración: Las vacaciones son remuneradas.

¿Qué licencias no son remuneradas en Honduras?

En Honduras, existen cierto tipo de licencias no remuneradas, es decir, son permisos sin goce de sueldo donde el trabajador puede ausentarse de su trabajo por un tiempo determinado, pero sin recibir salario alguno.

Licencia por enfermedad relacionada con el embarazo o parto en Honduras

  • Elegibilidad: Toda trabajadora que, después del parto, siga enferma por complicaciones relacionadas con el embarazo o el parto.
  • Duración: Todo el tiempo indispensable para su correcta recuperación.
  • Circunstancia para la utilización de la licencia: En caso de que la trabajadora, después del parto, siga enferma por más de tres meses debido a una complicación del embarazo o del parto. Debe ser indicado por un médico.
  • Remuneración: Licencia sin sueldo durante el tiempo que necesite para recuperarse. Sin embargo, la trabajadora conservará su empleado y todos sus derechos laborales.

Licencia para realizar actividades sindicales en Honduras

  • Elegibilidad: Todo trabajador que deba ausentarse de su trabajo para realizar actividades sindicales relacionadas con su cargo en el sindicato.
  • Duración: El tiempo que el trabajador permanezca en sus funciones sindicales.
  • Circunstancia para la utilización de la licencia: El trabajador debe avisar con tiempo al empleador y no puede ausentarse si el número de los que se ausenten perjudique el funcionamiento de la empresa. Dicha licencia debe ser solicitada por la organización sindical respectiva.
  • Remuneración: El empleador no está obligado a pagarle el sueldo durante ese tiempo, es decir, el trabajador no es remunerado por esta causa.

Días festivos en Honduras

El artículo 339 del Código de Trabajo de Honduras enfatiza en que los trabajadores tienen derecho a un descanso remunerado en los días feriados o de fiesta nacional determinados en esta ley. Además, dichos feriados se remuneran con el salario ordinario.

A continuación te dejamos una tabla con los feriados o días festivos oficiales de Honduras en 2025:

Días festivos en Honduras Fecha
Año Nuevo Miércoles 1 de enero
Día de las Américas Lunes 14 de abril
Jueves Santo Jueves 17 de abril
Viernes Santo Viernes 18 de abril
Sábado Santo Sábado 19 de abril
Día del Trabajador Jueves 1 de mayo
Día de la Independencia de Honduras Lunes 15 de septiembre
Día del Soldado Viernes 3 de octubre
Día de la Raza Domingo 12 de octubre
Día de las Fuerzas Armadas Martes 21 de octubre
Navidad Jueves 25 de diciembre

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